Evaluación del Reglamento del Consejo sobre terceros países no pertenecientes a la zona euro de la red de la OIT

Evaluación del Reglamento del Consejo sobre terceros países no pertenecientes a la zona euro de la red de la OIT

En agosto de 2017, el equipo de Seguridad y Justicia de Ecorys completó una evaluación del Reglamento (CE) 377/2004 del Consejo sobre la creación de una red de funcionarios de enlace de inmigración (OIT) (el 'Reglamento de la OIT') en terceros países no pertenecientes a la UE. 

Estos funcionarios son representantes de los Estados miembros de la UE, destinados en países no pertenecientes a la UE con el fin de facilitar las medidas adoptadas por la UE para prevenir la inmigración irregular y facilitar el retorno de los inmigrantes ilegales. El objetivo del Reglamento era aunar los recursos de los Estados miembros y permitir que las OIT de una región concreta o de un país no perteneciente a la UE pudieran establecer contactos entre sí. 

El equipo de Seguridad y Justicia de Ecorys participó en un extenso programa de consulta durante el proceso de evaluación. El diseño de la evaluación se basó en un enfoque participativo que permitió la participación activa de las partes interesadas clave, en particular las oficinas administrativas de la OIT de los Estados Miembros, que gestionan las redes de la OIT a nivel nacional, así como las propias OIT. Ecorys organizó 14 talleres en terceros países clave donde están desplegados funcionarios de enlace, que implicaron consultas con todo el personal relevante, en particular de las delegaciones de la UE, secciones consulares o embajadas nacionales de los Estados miembros, organizaciones internacionales como la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). y la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y las autoridades nacionales de los países de acogida. Se organizaron talleres en: Pakistán, Jordania, Egipto, Nigeria, Etiopía, Sudáfrica, Marruecos, Senegal, Ghana, Turquía, Albania, Rusia, Tailandia y China. 

El estudio concluyó que el Reglamento de la OIT ha tenido un impacto limitado y en su mayor parte indirecto en términos de mejorar la creación de redes entre las OGI de los Estados miembros desplegadas en el mismo lugar y mejorar la coordinación de la posición de la UE frente a los países de acogida. Los resultados pusieron de relieve que las nuevas realidades en el ámbito de la migración requieren un marco común y mandatos claros para el personal destinado, ya sea de la UE o de los Estados miembros en países no pertenecientes a la UE, para prevenir la migración irregular y contrarrestar el tráfico de migrantes. El estudio concluyó además que una revisión del Reglamento mejoraría la capacidad de la UE para recopilar y compartir la información pertinente necesaria para prevenir la migración irregular y contrarrestar las actividades delictivas relacionadas, en particular el tráfico de migrantes. 

Siguiendo las recomendaciones proporcionadas por Ecorys en su evaluación del Reglamento, la Comunicación de la Comisión sobre la ejecución de la Agenda Europea de Migración confirmó la necesidad de revisar el Reglamento. La revisión del Reglamento de la OIT está incluida en el Programa de Trabajo de la Comisión para 2018.
El informe final elaborado por Ecorys Nederland BV se ha publicado en EU Bookshop y también estará disponible directamente en el sitio web de la DG HOME.